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Las acciones ilegales tienen sus consecuencias

El Tribunal de Apelación de Catania confirmó la condena impuesta a un productor de tomates a un (1) año de prisión y a una multa de 15.000 euros, por el delito previsto en el segundo párrafo del artículo 517ter del código penal, titulado «fabricación y venta de productos que violan derechos de propiedad industrial» por la usurpación de un derecho de obtentor vegetal comunitario.

El caso fue iniciado por el Anti-Infringement Bureau for IP Rights on Plant Material (AIB), seguido por los abogados Nicola Novaro y Rossella Pola y tuvo su origen en una denuncia presentada ante la Guardia di Finanza (GdF)

Las investigaciones llevadas a cabo por funcionarios del GdF pusieron de manifiesto la presencia, en cuatro invernaderos diferentes, de plantas de tomate reproducidas ilegalmente, cuya conformidad genética con la variedad protegida fue establecida mediante una prueba genética realizada por el CREA, el laboratorio oficial Italiano.

En este caso, el acusado no había podido presentar ninguna documentación que confirmara el origen legal de las plantas de tomate y había sido condenado en primera instancia por el Tribunal de Ragusa.

El Director del AIB, Ignacio Giacchi, está satisfecho y comenta: «El AIB está muy contento con la sentencia de apelación, que representa una logro importante para la protección de los derechos de obtentores vegetales en procesos penales, así como de la aplicabilidad del delito previsto en el Código Penal en el caso de que una variedad producida a partir de semilla se reproduzca ilegalmente mediante tocones y/o rebrotes (reproducción asexual) sin autorización alguna del propietario».

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