BLOGGENERAL

NOVEDADES NORMATIVAS EN LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA

En los últimos días ha tenido lugar la publicación de las nuevas normas de producción ecológica en base al documento acordado en junio del año pasado, que será aplicable a partir del 1 de enero de 2021. 

 Las principales novedades para nuestro sector son las siguientes:

  • Base de datos EU (artículo 26): nueva base de datos sobre material de reproducción vegetal ecológico, incluida la patata de siembra y a excepción de los plantones. Estará vinculada a las bases de datos nacionales para obtener información sobre el mercado de semilla ecológica disponible en Europa. No es obligatoria la inscripción en la base de datos según el reglamento, aunque cada país podrá hacerlo obligatorio en sus normas nacionales.
  • Derogaciones uso de semilla no ecológica (artículo 53 y punto 1.8.5 parte I anexo II): las excepciones al uso de material de reproducción no ecológico finalizarán el 31 de diciembre de 2035. No obstante, este periodo se puede modificar en base a la evaluación que haga la Comisión a partir de 2028 sobre disponibilidad de semilla ecológica de acuerdo a la información contenida en la nueva Base de datos EU.
  • Material heterogéneo ecológico (artículo 13): definido como materiales de reproducción vegetal que no pertenecen a una variedad, sino que pertenecen a un conjunto de plantas de un solo taxón botánico con un alto grado de diversidad genética y fenotípica entre unidades reproductivas individuales.  No tiene que cumplir las Directivas de comercialización de semillas y plantas. Sin embargo, la Comisión adoptará mediante un acto delegado las normas aplicables a la producción y comercialización de estos materiales heterogéneos de géneros o especies concretas, (calidad de los lotes, identidad, pureza, germinación, etiquetado…). Las autoridades competentes en semillas elaborarán una lista de material heterogéneo ecológico. La introducción de este material en el reglamento se anticipa a los resultados del experimento temporal sobre material heterogéneo que está realizando la CE pero que todavía no tiene conclusiones.
  • Variedad ecológica apropiada para la producción ecológica: Con el fin de atender las necesidades de los productores ecológicos, promover la investigación y desarrollar variedades ecológicas aptas para la producción ecológica, teniendo en cuenta las necesidades y objetivos específicos de la agricultura ecológica como una diversidad genética mejorada, la resistencia a las enfermedades o la tolerancia y la adaptación a condiciones climatológicas y edafológicas locales diversas, debe organizarse un experimento temporal de conformidad con las Directivas actuales sobre semillas. Debe servir para fijar los criterios para la descripción de las características de dicho material y para determinar las condiciones de producción y de comercialización de dicho material. Este experimento temporal comenzará después de la aplicación del reglamento, a comienzos de 2021.

Si quieres tener toda la información, puedes encontrar el documento completo pinchando aquí.

COMENTARIOS

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *